¿Cuál es la diferencia entre pensión por cesantía y por vejez?
Conoce los porcentajes con los que puedes obtener tu pensión

En México existen diversos tipos de pensiones establecidas en las leyes del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). ¿A cuál perteneces?
Estos instrumentos de seguridad social son un derecho a favor de los asegurados (trabajadores) y, en algunos casos, de sus beneficiarios, por ejemplo: cuando el trabajador fallece en un accidente laboral, se le brinda la pensión a su viuda y a sus hijos menores de edad.
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Pensión por cesantía
Cuando vayas a cumplir 60 años de edad, puedes comenzar a tramitarla por cesantía, pero antes checa si reúnes, al menos, 500 semanas de cotización en el IMSS (de acuerdo con la Ley IMSS de 1973) o mil 250 semanas (conforme a la Ley de 1997).
Por vejez
Cuando ya estés a punto de cumplir los 65 años de edad, puedes solicitarla por vejez y las semanas cotizadas que se requieren son las mismas: 500 para la Ley IMSS de 1973, y mil 250 para la Ley IMSS 1997. Lo único que las diferencia son los montos por los que te jubilarás:
- 60 años: 75%
- 61 años: 80%
- 62 años: 85%
- 63 años: 90%
- 64 años: 95%
- 65 años: 100%
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